Interes General
09/02/2026 - 18:48:25



Rige la ley de Inocencia Fiscal desde hoy


El Gobierno reglamentó este lunes la ley de Inocencia Fiscal, sancionada en diciembre, y puso en marcha un nuevo esquema tributario que busca incentivar el ingreso al circuito formal de los ahorros no declarados, incluidos los denominados “dólares del colchón”, sin revisar la evolución patrimonial de los contribuyentes.

La medida quedó formalizada mediante el Decreto 93/2026 publicado este lunes en el Boletín Oficial, que activó el Régimen Simplificado de Ganancias (RSG) y redefinió los criterios de fiscalización de la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA). A partir de ahora, el organismo solo podrá controlar ingresos declarados y deducciones admitidas, dejando expresamente excluida la variación patrimonial, los consumos personales y los depósitos bancarios.

Según la interpretación oficial, el nuevo esquema abandona la presunción de culpabilidad fiscal y establece que, si el contribuyente cumple con la presentación y el pago del impuesto en tiempo y forma, se activa un “tapón fiscal” que clausura la revisión administrativa y penal de los períodos anteriores.

Cómo funciona el régimen y a quiénes alcanza
El Régimen Simplificado de Ganancias es voluntario y está dirigido a personas humanas con ingresos anuales de hasta $1.000 millones y un patrimonio de hasta $10.000 millones, verificados año por año en los últimos tres ejercicios. Quedan excluidos los grandes contribuyentes, un universo estimado en unas 900 personas.

Dentro del régimen, la ARCA pone a disposición una declaración jurada precargada, que el contribuyente puede aceptar o ajustar. Una vez abonado el impuesto correspondiente, rige la presunción de exactitud y el efecto liberatorio, que impide al fisco reabrir esos ejercicios, salvo que detecte una discrepancia significativa.

La normativa define como discrepancia relevante una diferencia superior al 15% del impuesto, la superación de los umbrales del Régimen Penal Tributario o la utilización de facturas apócrifas, sin importar el monto involucrado. En todos los casos, la carga de la prueba queda a cargo del organismo recaudador.

Dólares no declarados y bancarización
El decreto reglamentario precisó además cómo podrán utilizarse los ahorros no declarados. Para operar dentro del régimen, los fondos deberán ingresar al sistema financiero, ya sea en el origen o en el destino de la operación. El dinero puede depositarse en la cuenta del contribuyente o transferirse directamente al vendedor.

Se mantiene la excepción para la compra de inmuebles, que podrá seguir realizándose en efectivo. A su vez, se elevaron los umbrales de información bancaria: las operaciones de hasta $10 millones mensuales no generarán reportes automáticos a la ARCA.

Fuente: Ambito

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